El Homeoffice en España
Internet nos permite trabajar a distancia desde cualquier parte del mundo. El Homeoffice en España se presenta como la forma de trabajo del futuro.
Las normativas de hacienda y de seguridad social son claras al respecto, si el trabajador reside y trabaja desde España, la empresa debe pagar seguridad social y practicar retenciones sobre el impuesto de la renta de las personas físicas (IRPF) en España.
Los trabajadores que residan y trabajen en territorio español deben cotizar y tributar en España, aunque el resultado de sus tareas se vuelque en un estado diferente a el de su país de residencia.
Pongamos un ejemplo actual sobre esta forma de trabajo a distancia:
Supongamos que una empresa en Alemania que se dedica al diseño de un software quiere contratar a un programador informático para el desarrollo de una parte del software.
El trabajador vive en España y para desarrollar su trabajo no es necesaria su presencia física en la empresa. Todos trabajan en la nube, las reuniones de departamento son por Skype y cada equipo tiene bien definidas sus competencias y objetivos.
Trasladar al empleado español a Alemania durante un año supondría gastos extra de alojamiento y manutención. Esto sube los costes, por lo que se debe evitar. ¿Cómo?
La empresa en Alemania puede contratar al trabajador Homeoffice en España para trabajar a distancia, con un contrato adaptado a la normativa española, y cotizando y tributando en España.
Pongamos otro ejemplo, una empresa alemana que quiere contratar un comercial para captar y gestionar clientes en España y Portugal.
El trabajador es residente en España, por lo que debe tributar por toda su renta mundial en España y cotizar a la Seguridad Social.
En conclusión, si usted es una empresa extranjera es posible contratar un trabajador a distancia en España.
Para más información contacte con nuestro equipo, estaremos encantados de ayudarle.